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«La libertad religiosa en el documento de la CEA del 12 de noviembre de 2005»
Se transcriben a continuación los párrafos atinentes a la libertad religiosa de la Carta Pastoral “Una luz para reconstruir la Nación”, aprobada por la Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Argentina el 12 de noviembre de 2005.

31. Según el Evangelio, la libertad es fruto de la verdad: “La verdad los hará libres” (Jn 8,32). David fue liberado de su pecado porque lo reconoció. Lo mismo, la mujer pecadora. Y también el apóstol Simón Pedro. Sólo reconociendo sinceramente la verdad de nuestros pecados, Dios nos perdona y nos libera de las ataduras espirituales con que éstos nos aprisionan.

32. Sobre la libertad la Doctrina Social nos dice: “Es signo eminente de la imagen divina y, como consecuencia, signo de la sublime dignidad de cada persona humana”. “El valor de la libertad, como expresión de la singularidad de cada persona humana, es respetada cuando a cada miembro de la sociedad le es permitido realizar su propia vocación personal. La libertad, por otra parte, debe ejercerse como capacidad de rechazar lo que es moralmente negativo, cualquiera sea la forma en que se presente” (C 199, 200).

33. No siempre los hijos de la Iglesia mantuvieron la claridad necesaria sobre la doctrina de la libertad religiosa. Hace cuarenta años la declaración conciliar “Dignitatis humanae” (07-12-65), sobre la libertad religiosa, le devolvió todo su esplendor. Libertad de la persona y libertad de la comunidad religiosa. Libertad para la Iglesia católica y libertad para todas las religiones. Libertad para celebrar el culto y libertad para proponer y practicar la doctrina del Evangelio.

34. Puede parecer extraño preguntarse hoy por la libertad religiosa en Occidente y en la Argentina. Pero sobran señales de una presión desmedida de muchos medios y de entes internacionales, que justifica preguntar si la libertad de la Iglesia católica a enseñar y practicar la propia doctrina es siempre respetada. Lo mismo cabe decir de resoluciones y gestos impropios de la autoridad civil cuando invaden un fuero que le es ajeno. Dado que el sujeto del Estado y de la Iglesia es siempre el hombre, el bien común exige que entre ambos exista autonomía y colaboración.



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